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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 23 de noviembre de 2005, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 156/2005-PS en que participó el presente criterio.

III.3o.C.45 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
193506
Clave de tesis
III.3o.C.45 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Agosto de 1999; Pág. 723

AMPARO INDIRECTO, CASO EN QUE SÍ PROCEDE EL, CONTRA LA SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA QUE DEJA INSUBSISTENTE LA DE PRIMER GRADO Y ORDENA LA REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO EN UN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Agosto de 1999; Pág. 723

Precedentes

Amparo en revisión (improcedencia) 86/99. Inés Aguirre Ruiz. 4 de marzo de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Figueroa Cacho. Secretario: Óscar Javier Murillo Aceves. Nota: Por ejecutoria de fecha 23 de noviembre de 2005, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 156/2005-PS en que participó el presente criterio.

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Registro digital (IUS): 193506