II.T.92 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
PRUEBA TESTIMONIAL POR EXHORTO. SU DESAHOGO DEBE LIMITARSE A LAS PREGUNTAS CONTENIDAS EN EL PLIEGO RESPECTIVO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Agosto de 1999; Pág. 784
De la interpretación conjunta de los artículos
813, fracciones III y IV
y
815, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo
, se deduce que existen dos casos de excepción a la regla de que los interrogatorios de la prueba de testigos se formulen oralmente, a saber: cuando el testigo radica fuera del lugar de residencia de la Junta o se trate de un alto funcionario; en ambos el oferente debe acompañar interrogatorio por escrito y con base en él, la contraparte también hará su interrogatorio de repreguntas; por tanto, no es dable formular oralmente otras preguntas ante la Junta exhortada, pues el interrogatorio deberá centrarse única y exclusivamente en las preguntas escritas del pliego respectivo. Lo anterior se justifica, en el primer supuesto, porque si se pudiera además interrogar oralmente al testigo, ningún caso tendría obligar a la parte oferente a hacerlo por escrito, amén de que la contraparte se vería obligada a trasladarse al lugar en donde habría de verificarse la diligencia para formular repreguntas de las respuestas dadas a las nuevas preguntas orales, que es precisamente lo que trata de evitar esta disposición obligando a la oferente a formular todo su interrogatorio por escrito. Consecuentemente, si la autoridad exhortada permite a ésta la formulación de nuevas preguntas, su actuación constituye una violación procesal.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 110/99. Jesús Eduardo Montes de Oca Sánchez. 18 de marzo de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Alejandro Sosa Ortiz. Secretaria: Leonor Heras Lara.
Nota: Esta tesis contendió en la
contradicción 469/2009
resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 33/2010, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXI, marzo de 2010, página 1040, con el rubro: "
TESTIMONIAL POR EXHORTO EN EL JUICIO LABORAL. EL OFERENTE ESTÁ OBLIGADO A PRESENTAR POR ESCRITO EL INTERROGATORIO RESPECTIVO, EL CUAL NO PUEDE AMPLIARSE DURANTE EL DESAHOGO DE LA PRUEBA
."