P. XVI/99 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa
REVISIÓN ADMINISTRATIVA. EL NOMBRAMIENTO OTORGADO EN CONTRAVENCIÓN A LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES CONSTITUYE CAUSA GRAVE DE RESPONSABILIDAD.
[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Febrero de 1999; Pág. 40
De conformidad con lo dispuesto por el artículo
131, fracción VI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
, es causa de responsabilidad para los servidores públicos que se rigen por esa ley, el realizar nombramientos infringiendo las disposiciones generales correspondientes. Por otra parte, el artículo
136, párrafo segundo
, de la propia ley, establece que, en todo caso, se considerarán como faltas graves, el incumplimiento de las obligaciones señaladas en las fracciones I a VI del artículo 131 del citado ordenamiento legal, entre las que queda comprendida la antes mencionada. Consecuentemente, si un Juez de Distrito otorga un nombramiento sin cumplir las exigencias previstas en las disposiciones generales aplicables, incurre en causa grave de responsabilidad.
Precedentes
Revisión administrativa (Consejo) 8/97. 7 de diciembre de 1998. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: José Vicente Aguinaco Alemán y Juventino V. Castro y Castro. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Osmar Armando Cruz Quiroz.
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el veintiocho de enero en curso, aprobó, con el número XVI/1999, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a veintiocho de enero de mil novecientos noventa y nueve.