XIII.2o. J/3 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE GARANTÍAS CONTRA LA DETERMINACIÓN PROVISIONAL DE UN CRÉDITO FISCAL EFECTUADA POR LA AUTORIDAD ADUANERA CONFORME A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 121-B DE LA LEY ADUANERA, POR CONSTITUIR UN ACTO QUE NO DEPARA NINGÚN PERJUICIO AL CONTRIBUYENTE.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Enero de 1999; Pág. 674
Si se promueve un juicio de amparo contra la determinación provisional de un crédito fiscal efectuada por la autoridad aduanera conforme a lo dispuesto por el artículo
121-B
de la ley de la materia, dicho juicio constitucional debe sobreseerse, en términos de lo previsto por el artículo
74, fracción III, de la Ley de Amparo
, pues la carencia de definitividad del acto reclamado generada con motivo de no satisfacerse los requisitos señalados en el primero de los preceptos legales antes citados, trae consigo la inexigibilidad del referido crédito fiscal, lo cual impide que el mismo produzca una afectación directa en los intereses patrimoniales del quejoso, surtiéndose así la causal de improcedencia prevista en el numeral
73, fracción V, de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 Constitucionales
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SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 251/95. Importaciones de la 71, S.A. de C.V. 7 de septiembre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Hernán Whalter Carrera Mendoza.
Incidente de suspensión (revisión) 536/95. Olga Elena Sánchez viuda de Bolán (Recurrente: Jefe del Departamento de Informática, Contabilidad y Glosa de la Aduana Marítima de Salina Cruz, Oaxaca). 23 de noviembre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Hernán Whalter Carrera Mendoza.
Incidente de suspensión (revisión) 355/96. Olga Elena Sánchez viuda de Bolán (Recurrente: Administrador Local Jurídico de Ingresos de Oaxaca). 29 de agosto de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Hernán Whalter Carrera Mendoza.
Amparo en revisión 522/96. Olga Elena Sánchez viuda de Bolán. 28 de noviembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Rubén Domínguez Viloria. Secretaria: Esperanza Rocío Gabriel.
Amparo en revisión 43/97. Olga Elena Sánchez viuda de Bolán. 20 de febrero de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Jaime Allier Campuzano.