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XIV.2o.34 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

AMPARO. ES IMPROCEDENTE POR CESACIÓN DE EFECTOS, CONTRA LA RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE REPOSICIÓN INTERPUESTO CONTRA EL AUTO QUE ADMITIÓ EL DE APELACIÓN, SI AL MISMO TIEMPO DE RESOLVER AQUÉL, LA SALA RESPONSABLE TAMBIÉN RESOLVIÓ EL FONDO DE LA APELACIÓN.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Mayo de 1998; Pág. 991

Precedentes

Amparo en revisión 760/97. José Rafael Palomeque Roche. 6 de marzo de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Luis A. Cortés Escalante, secretario de Tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Luis Manuel Vera Sosa.

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