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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 5 de noviembre de 1999, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 18/99 en que participó el presente criterio.

I.4o.T.43 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
Registro digital (IUS)
196429
Clave de tesis
I.4o.T.43 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Laboral
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Abril de 1998; Pág. 767

PRESCRIPCIÓN, TÉRMINO DE LA, TRATÁNDOSE DE LA ACCIÓN DE RECONVENCIÓN.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Abril de 1998; Pág. 767

Precedentes

Amparo directo 63/97. Ferrocarriles Nacionales de México. 27 de febrero de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Miguel César Magallón Trujillo, secretario de tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Leonardo A. López Taboada. Nota: Por ejecutoria de fecha 5 de noviembre de 1999, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 18/99 en que participó el presente criterio.

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