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P./J. 5/98Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Común
Registro digital (IUS)
196929
Clave de tesis
P./J. 5/98
Tipo
Jurisprudencia
Época
9a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Común
Fuente
[J]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Enero de 1998; Pág. 96

PERSONA EXTRAÑA A JUICIO. EN EL AMPARO QUE PROMUEVA, SON AUTORIDADES RESPONSABLES LAS QUE DICTAN, ORDENAN, EJECUTAN O TRATAN DE EJECUTAR, LOS ACTOS QUE AFECTAN EL BIEN O DERECHO DEL QUE AQUÉLLA ES TITULAR.

[J]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Enero de 1998; Pág. 96

Precedentes

Contradicción de tesis 11/95. Entre las sustentadas por el Primer y Segundo Tribunales Colegiados en Materia Civil del Tercer Circuito. 18 de septiembre de 1997. Unanimidad de diez votos. Ausente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Ponente: Olga María Sánchez Cordero. Secretaria: Rosa Elena González Tirado. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el trece de enero en curso, aprobó, con el número 5/1998, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a trece de enero de mil novecientos noventa y ocho.

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