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V.2o.31 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal

DEMANDA DE AMPARO. ES INNECESARIA LA PREVENCIÓN QUE MANDA ACLARARLA, SI AQUÉLLA CUMPLE CON LAS EXIGENCIAS ESTABLECIDAS POR LA LEY DE AMPARO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Enero de 1998; Pág. 1084

Precedentes

Amparo en revisión 183/97. Rigoberto Gaxiola Medina. 10 de julio de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Raúl Oropeza García. Secretaria: María de los Ángeles Peregrino Uriarte. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo VI, Materia Común, tesis 762, página 515, de rubro: " DEMANDA DE AMPARO. PROCEDENCIA DE LA PREVENCIÓN QUE MANDA ACLARARLA .".

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