I.6o.C. J/8Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Común
QUEJA, AGRAVIOS EN LA. RESULTAN INFUNDADOS LOS QUE SE HACEN VALER CONTRA UN JUEZ DE DISTRITO CUANDO ÉSTE ACTÚA COMO ÓRGANO DE CONTROL CONSTITUCIONAL.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Diciembre de 1997; Pág. 622
El Juez de Distrito, en su doble función de conocer de juicios ordinarios federales y del juicio de amparo, técnica y jurídicamente no puede conculcar garantías individuales cuando actúa como órgano de control constitucional, puesto que su proceder se rige por las disposiciones de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 Constitucionales; por lo que si tales Jueces incurren en violaciones durante la tramitación del juicio de amparo, dichas infracciones deben analizarse a la luz de las disposiciones de la ley invocada.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Queja 536/96. Plaza del Zapato, S.A. de C.V. y otro. 13 de febrero de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Adalid Ambriz Landa. Secretario: Raúl González González.
Queja 66/97. Rosalinda Hernández Tapia. 20 de marzo de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Adalid Ambriz Landa. Secretaria: María Teresa Covarrubias Ramos.
Queja 96/97. Rosalinda Hernández Tapia. 20 de marzo de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Adalid Ambriz Landa. Secretaria: María Teresa Covarrubias Ramos.
Queja 600/97. Seguros Monterrey Aetna, S.A. 21 de octubre de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo R. Parrao Rodríguez. Secretario: José Guadalupe Sánchez González.
Queja 536/97. Reyna Moljo Pérez de Cherem. 23 de octubre de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Adalid Ambriz Landa. Secretario: Víctor Hugo Guel de la Cruz.
Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo V-Enero, tesis P./J. 2/97, página 5, de rubro: "
AGRAVIOS INOPERANTES, LO SON LOS QUE SOSTIENEN QUE LOS JUZGADORES DE AMPARO VIOLAN GARANTÍAS INDIVIDUALES, SOLAMENTE EN ESE ASPECTO
." y Tomo III-Abril, tesis XIX, 2o. J./3, página 250, de rubro: "
JUECES DE DISTRITO. NO VIOLAN GARANTÍAS INDIVIDUALES, LOS ACUERDOS, RESOLUCIONES Y SENTENCIAS DE LOS
."