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VII.1o.C.32 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

MEDIDAS DE APREMIO. PROCEDE SU APLICACIÓN CONTRA QUIENES, SEAN PARTES O NO, DESOBEDEZCAN CUALQUIER MANDATO LEGÍTIMO DICTADO EN EL JUICIO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Diciembre de 1997; Pág. 675

Precedentes

Amparo en revisión 451/97. Antonio Mújica Garruña. 20 de junio de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Omar Losson Ovando. Secretario: Alejandro Gabriel Hernández Viveros. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo XXVI, página 1379, tesis de rubro: " APREMIO .".