II.1o.C.T.138 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
AGRAVIOS PRESENTADOS CINCO MINUTOS DESPUÉS DE CONCLUIDO EL HORARIO DE LABORES DE LA RESPONSABLE, PERO RECIBIDOS POR EL OFICIAL DE PARTES, TEMPORANEIDAD DE LOS.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Diciembre de 1997; Pág. 650
Si del escrito de expresión de agravios se advierte que el recurrente lo presentó ante la Sala responsable cinco minutos después del horario establecido para la presentación de las promociones, ello es insuficiente para estimar que su exhibición se hizo en contra de lo establecido en el artículo 166 del código procesal civil del Estado de México, cuando el libelo mencionado es recibido por el propio oficial de partes de la responsable y no por otra persona, lo cual indica que éste, por la carga de trabajo que en ese momento tenía, aún se encontraba laborando y, en tal virtud, debe considerarse tal circunstancia y tenerse por continuado en tiempo el recurso.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1420/96. Jorge José de Jesús Ocampo Monroy. 10 de abril de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretario: Isaac Gerardo Mora Montero.
Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VII, mayo de 1998, página 137, tesis por contradicción 1a./J. 22/98 de rubro "
AGRAVIOS EXTEMPORÁNEOS. LO SON AQUELLOS PRESENTADOS DESPUÉS DEL HORARIO DE LABORES DE LOS JUZGADOS Y DE LA OFICIALÍA DE PARTES COMÚN (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 166 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE MÉXICO)
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