2a. CXXXI/97Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común
AGRAVIOS. NO SON INOPERANTES CUANDO CONTROVIERTEN SÓLO UNA PARTE DE LA SENTENCIA RECURRIDA, SI LA ARGUMENTACIÓN COMBATIDA REVISTE AUTONOMÍA.
[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Noviembre de 1997; Pág. 253
Cuando la sentencia recurrida se apoya en dos consideraciones diversas y desvinculadas entre sí, cada una de las cuales sustenta la declaratoria de inconstitucionalidad de distintos preceptos o actos, no deben estimarse inoperantes por insuficientes los agravios expresados por la parte recurrente que controvierten sólo una de esas consideraciones, pues al tratarse de razonamientos que revisten autonomía, el recurrente se encuentra en posibilidad legal de combatir únicamente la parte de la sentencia que estime contraria a sus intereses.
Precedentes
Amparo directo en revisión 1924/96. Volkswagen de México, S.A. de C.V. 19 de septiembre de 1997. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretaria: Fortunata Florentina Silva Vásquez.