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1a./J. 40/97Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Penal

SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE EN LA APELACIÓN EN MATERIA PENAL.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Octubre de 1997; Pág. 224

Precedentes

Contradicción de tesis 16/95. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, el Primer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, y el entonces Primer Tribunal Colegiado del Séptimo Circuito, hoy Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de dicho Circuito. 20 de agosto de 1997. Cinco votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretario: Agustín Urdapilleta Trueba. Tesis de jurisprudencia 40/97. Aprobada por la Primera Sala de este alto tribunal, en sesión pública de diecisiete de septiembre de mil novecientos noventa y cinco, por unanimidad de cuatro votos de los Ministros presidente Juventino V. Castro y Castro, Humberto Román Palacios, Juan N. Silva Meza y Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ausente José de Jesús Gudiño Pelayo.

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