III.2o.P.40 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
SALUD, DELITO CONTRA LA. EL ASEGURAMIENTO DE PLANTAS DE MARIHUANA ADHERIDAS A LA TIERRA ACTUALIZAN LA MODALIDAD DE SIEMBRA Y CULTIVO Y NO DE POSESIÓN.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Octubre de 1997; Pág. 794
Para la integración del delito contra la salud, en la modalidad de posesión de marihuana, el artículo
195, párrafo primero, del Código Penal Federal
, señala como requisito que el sujeto activo tenga bajo su control personal y dentro del radio de acción de su disponibilidad, alguna cantidad de ese narcótico ya cosechado, es decir, cuando el vegetal está desprendido de la tierra, pues cuando aún la planta está ligada al predio, puede hablarse de siembra y cultivo, o incluso de cosecha de marihuana, si se sorprende al activo al momento de realizar esa labor. En algunos casos y atento la teleología de la norma, la anterior Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación consideró que también constituían la variante de posesión de plantas de marihuana cuando unas semillas eran sembradas en algún recipiente o maceta, con el propósito de obtener un corto número de plantas cuya utilidad, al ejecutar esa acción, era procurar el consumo personal, pero no puede hablarse de posesión cuando la planta está ligada a un sembradío, adherida a la tierra, intercaladas en la milpa, y la siembra se realizó, entre otras razones, para su venta; por tanto, es claro que en estos casos, las variantes que se actualizan, serían la siembra y cultivo de marihuana, mas no la diversa de posesión.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 240/97. Israel Chávez Morfín. 11 de septiembre de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Fermín Rivera Quintana. Secretario: Marco Antonio Muñiz Cárdenas.
Amparo directo 217/97. Ramón García Caldera. 4 de septiembre de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Óscar Vázquez Marín. Secretario: Luis Humberto Medina Arellano.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XI-Enero, tesis VI.2o.667 P, página 330, de rubro: "
SALUD, DELITO CONTRA LA. POSESIÓN DE PLANTAS DE MARIHUANA, SE SUBSUME EN LAS MODALIDADES DE SIEMBRA Y CULTIVO DEL ENERVANTE
.".