I.5o.T.111 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
RELACIÓN LABORAL, NEGATIVA DE LA, Y OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. VALORACIÓN DE ÉSTE CUANDO SE ACREDITA LA INEXISTENCIA DEL VÍNCULO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Agosto de 1997; Pág. 803
De la jurisprudencia I.5o.T. J/11, publicada en la página 379 del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, de noviembre de 1996, cuyo rubro es "
RELACIÓN DE TRABAJO, CARGA DE LA PRUEBA. CORRESPONDE AL PATRÓN CUANDO AFIRMA QUE ES DE OTRA NATURALEZA
.", se sigue claramente que es precisamente al demandado a quien toca demostrar la existencia del vínculo de diversa índole. En ese orden de ideas, si aquél cumple con la fatiga impuesta, evidenciando la razón de su dicho, y además ofrece el empleo alegado por el actor, dentro de las normas previstas por la legislación laboral, con el fin de que se generen derechos en favor del accionante, indudablemente que la propuesta en ese sentido, si es aceptada, origina la creación de una relación de trabajo independiente del anterior nexo.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 4275/97. Rafael García Flores. 13 de mayo de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretario: Martín Borrego Dorantes.