I.6o.C. J/5Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Común
DEMANDA DE AMPARO. SU DESECHAMIENTO POR IMPROCEDENTE IMPIDE ANALIZARLA.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo V, Febrero de 1997; Pág. 615
Como la improcedencia del amparo que lleva a desechar la demanda de garantías planteada constituye un acto procesal que termina la instancia por cuestiones ajenas al aspecto de fondo planteado, no causa agravio al quejoso la resolución que no se ocupa de examinar la constitucionalidad o inconstitucionalidad del acto reclamado, ya que tal cuestión incide en el fondo del asunto.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión (improcedencia) 136/95. Banco de Crédito y Servicio, S.A., hoy Bancrecer, S.A. 31 de enero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Hugo Díaz Arellano. Secretaria: María Teresa Covarrubias Ramos.
Amparo en revisión (improcedencia) 966/96. Banco Nacional de México, S.A. 23 de mayo de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Hugo Díaz Arellano. Secretaria: María Teresa Covarrubias Ramos.
Amparo en revisión (improcedencia) 1176/96. Constructora e Inmobiliaria Xalitic, S.A. de C.V. 27 de junio de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: María Teresa Covarrubias Ramos, secretaria de tribunal autorizada por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, para desempeñar las funciones de Magistrada. Secretaria: Luz Delfina Abitia Gutiérrez.
Amparo en revisión (improcedencia) 1960/96. Materiales Deschamps, S.A. de C.V. y otros. 26 de septiembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique R. García Vasco. Secretario: Ramón Arturo Escobedo Ramírez.
Amparo en revisión (improcedencia) 2446/96. Uno Construyendo, S.A. de C.V. 23 de enero de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Adalid Ambriz Landa. Secretaria: María Teresa Covarrubias Ramos.