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VII.2o.C.2 C (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil

ACCIÓN Y RECONVENCIÓN. SON AUTÓNOMAS POR LO QUE DEBEN SER IMPULSADAS EN FORMA SEPARADA EN EL RECURSO DE APELACIÓN.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro V, Febrero de 2012; Tomo 3; Pág. 2224

Precedentes

Amparo directo 692/2011. Leonor Carmona Hernández. 1o. de diciembre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel de Alba de Alba. Secretaria: Griselda Sujey Liévanos Ruiz. Nota: Por ejecutoria del 2 de mayo de 2012, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 69/2012 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.