XXVII.1o.(VIII Región) 3 P (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Penal
ORDEN DE BÚSQUEDA, LOCALIZACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL INDICIADO PARA DECLARAR DENTRO DE LA AVERIGUACIÓN PREVIA. OBLIGACIONES A LAS CUALES DEBE CEÑIRSE LA AUTORIDAD EJECUTORA.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VI, Marzo de 2012; Tomo 2; Pág. 1289
De los artículos
1o.
(vigente a partir del 11 de junio de 2011) y
133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
, en relación con el "Conjunto de Principios para la Protección de Todas las Personas Sometidas a Cualquier Forma de Detención o Prisión" adoptados por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en la ejecución de la orden de búsqueda, localización y presentación del indiciado para declarar dentro de la averiguación previa la autoridad encargada deberá cumplir con las siguientes obligaciones: i) identificarse plenamente ante el gobernado; ii) correrle traslado con copia de la orden; iii) abstenerse de hacer uso de la violencia física o moral en contra del presentado, y iv) hacer constar ante la autoridad ministerial el cumplimiento de lo anterior, asentando la hora exacta de la ejecución y la correspondiente a la presentación ante la fiscalía respectiva.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA OCTAVA REGIÓN.
Precedentes
Amparo en revisión 747/2011. 11 de noviembre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: José Ybraín Hernández Lima. Secretaria: Sheila Leticia Herrera Fernández.