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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 353/2012 , de la que derivó la tesis jurisprudencial 2a./J. 158/2012 (10a.) de rubro: " REVISIÓN FISCAL. EL JEFE DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA TIENE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONERLA CONTRA SENTENCIAS DICTADAS EN JUICIOS DE NULIDAD QUE VERSEN SOBRE RESOLUCIONES EMITIDAS POR AUTORIDADES FISCALES DE UNA ENTIDAD FEDERATIVA COORDINADA EN INGRESOS FEDERALES ." Por ejecutoria del 9 de enero de 2013, la Segunda Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 487/2012 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que la jurisprudencia 2a./J. 158/2012 (10a.) resuelve el mismo problema jurídico.

II.3o.A.12 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
Registro digital (IUS)
2000460
Clave de tesis
II.3o.A.12 A (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VI, Marzo de 2012; Tomo 2; Pág. 1448

REVISIÓN FISCAL. EL JEFE DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONERLA, CUANDO SE DECLARA LA NULIDAD DE RESOLUCIONES EN MATERIA DE IMPUESTOS FEDERALES COORDINADOS, EN LOS CASOS EN QUE EL FISCO FEDERAL NO TUVO INTERVENCIÓN ALGUNA EN LA EMISIÓN DE ÉSTAS Y LAS FACULTADES FISCALES FEDERALES FUERON TRANSMITIDAS SIN RESTRICCIÓN MEDIANTE CONVENIO DE COLABORACIÓN O COORDINACIÓN FISCAL.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VI, Marzo de 2012; Tomo 2; Pág. 1448

Precedentes

Revisión fiscal 251/2011. Jefe del Servicio de Administración Tributaria. 14 de octubre de 2011. Mayoría de votos. Disidente: Salvador González Baltierra. Ponente: Emmanuel G. Rosales Guerrero. Secretario: Martín R. Contreras Bernal. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 353/2012 , de la que derivó la tesis jurisprudencial 2a./J. 158/2012 (10a.) de rubro: " REVISIÓN FISCAL. EL JEFE DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA TIENE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONERLA CONTRA SENTENCIAS DICTADAS EN JUICIOS DE NULIDAD QUE VERSEN SOBRE RESOLUCIONES EMITIDAS POR AUTORIDADES FISCALES DE UNA ENTIDAD FEDERATIVA COORDINADA EN INGRESOS FEDERALES ." Por ejecutoria del 9 de enero de 2013, la Segunda Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 487/2012 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que la jurisprudencia 2a./J. 158/2012 (10a.) resuelve el mismo problema jurídico.

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