VI.1o.P.3 P (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común, Penal
MEDIACIÓN. SI EXISTE OPOSICIÓN EXPRESA DEL AGRAVIADO DE ACOGERSE A ESTE MEDIO ALTERNATIVO, ES INDEBIDO OTORGAR EL AMPARO PARA EL EFECTO DE QUE LA AUTORIDAD RESPONSABLE REPONGA EL PROCEDIMIENTO Y HAGA SABER AL QUEJOSO LA POSIBILIDAD DE SOLUCIONAR EL CONFLICTO A TRAVÉS DEL PROCEDIMIENTO RELATIVO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro IX, Junio de 2012; Tomo 2; Pág. 883
El medio alternativo de solución de conflictos denominado mediación procede únicamente en delitos de querella, en términos del artículo
395, segundo párrafo, del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social para el Estado de Puebla
, y la solicitud respectiva se puede hacer valer en cualquiera de las etapas del procedimiento penal conforme al diverso
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del referido código; sin embargo, como se trata de un procedimiento potestativo que se rige, entre otros principios, bajo el de voluntariedad, de acuerdo con el dispositivo
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del propio ordenamiento, pues únicamente prospera si ambas partes estuvieren de acuerdo, si existe oposición expresa del agraviado de acogerse a este medio alternativo, es indebido otorgar el amparo para el efecto de que la autoridad responsable reponga el procedimiento y haga saber al quejoso la posibilidad de solucionar el conflicto a través del procedimiento relativo, toda vez que evidentemente no prosperaría la forma de autocomposición asistida de mérito, dada la oposición expresa de la parte agraviada, y de concederse dicha protección para ese efecto, provocaría el retardo en la impartición de justicia, lo cual es contrario a la garantía tutelada en el artículo
17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
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PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 415/2011. 5 de enero de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Gazca Cossío. Secretario: Héctor Santacruz Sotomayor.
Amparo en revisión 9/2012. 15 de marzo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Gazca Cossío. Secretario: Héctor Santacruz Sotomayor.