IV.2o.T.7 L (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común, Laboral
CONCEPTOS DE VIOLACIÓN INOPERANTES. LO SON AQUELLOS ENCAMINADOS A CONTROVERTIR LA CONDENA RELATIVA A PRESTACIONES ACCESORIAS CON EL ARGUMENTO DE QUE LA NORMATIVA QUE DEBÍA APLICARSE ERA EL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, NO OBSTANTE QUE LA JUNTA DETERMINÓ LA IMPROCEDENCIA DE CONDENAR CON BASE EN ÉL AL EXHIBIRSE PARCIALMENTE LA CLÁUSULA RESPECTIVA.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIII, Octubre de 2012; Tomo 4; Pág. 2405
Deben declararse inoperantes los conceptos de violación encaminados a controvertir la condena a las prestaciones accesorias con el argumento que la normativa que debió aplicarse era el contrato colectivo de trabajo, cuando el laudo reclamado se sustenta en la Ley Federal del Trabajo, pues lo alegado por el quejoso en los motivos de disenso, no impugna los argumentos por los que se consideró procedente condenarlo en términos de la aludida ley, no obstante que también determinó que no era posible fincarle responsabilidad con base en el contrato colectivo, al haberse exhibido parcialmente la cláusula respectiva.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 431/2011. Instituto Mexicano del Seguro Social. 16 de noviembre de 2011. Mayoría de votos. Disidente y Ponente: Alfredo Gómez Molina. Secretaria: Rosiela Urbina Herrera.
Amparo directo 290/2012. 15 de agosto de 2012. Mayoría de votos. Disidente: Alfredo Gómez Molina. Ponente: Guillermo Vázquez Martínez. Secretaria: Gertrudes Almeida Cota.
Amparo directo 389/2012. Instituto Mexicano del Seguro Social. 15 de agosto de 2012. Mayoría de votos. Disidente: Alfredo Gómez Molina. Ponente: Guillermo Vázquez Martínez. Secretaria: Gertrudes Almeida Cota.