Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
P./J. 7/96 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

PRUEBAS PERICIAL, TESTIMONIAL Y DE INSPECCION JUDICIAL EN EL AMPARO. SU OFRECIMIENTO DESPUES DEL DIFERIMIENTO DE LA AUDIENCIA.

[J]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Febrero de 1996; Pág. 53

Precedentes

Contradicción de tesis 25/93. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Tercero y Segundo del Sexto Circuito. 7 de noviembre de 1995. Unanimidad de once votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretario: Martín Alejandro Cañizales E. El Tribunal Pleno en su sesión privada celebrada el veintinueve de enero en curso, por unanimidad de diez votos de los Ministros: presidente en funciones Juventino V. Castro y Castro, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Mariano Azuela Güitrón, Juan Díaz Romero, Genaro David Góngora Pimentel, José de Jesús Gudiño Pelayo, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Humberto Román Palacios, Olga María Sánchez Cordero y Juan N. Silva Meza; aprobó, con el número 7/1996 la tesis que antecede. México, Distrito Federal, a veintinueve de enero de mil novecientos noventa y seis.

→ Más tesis en materia común