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I.7o.A.67 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Común

SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES. CUANDO OMITE EL PAGO DEL RESARCIMIENTO ECONÓMICO CON MOTIVO DE LA DETERMINACIÓN DE LA AUTORIDAD COMPETENTE EN CUANTO A LA IMPOSIBILIDAD DE DEVOLVER AQUÉLLOS, ES AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XV, Diciembre de 2012; Tomo 2; Pág. 1540

Precedentes

Amparo en revisión 218/2012. Director General del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 5 de septiembre de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Adela Domínguez Salazar. Secretario: Luis Huerta Martínez.

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