Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
I.11o.C.17 C (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil

PROCEDENCIA DE LA VÍA. SI BIEN ES CIERTO QUE SE TRATA DE UN PRESUPUESTO PROCESAL QUE DEBE ESTUDIARSE DE OFICIO ANTES DE RESOLVER EL FONDO DE LA CUESTIÓN PLANTEADA, TAMBIÉN LO ES QUE SU ANÁLISIS POR LA AUTORIDAD DE SEGUNDA INSTANCIA PUEDE VERSE RESTRINGIDO POR LA ACTUALIZACIÓN DE LA FIGURA JURÍDICA DE LA PRECLUSIÓN.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVIII, Marzo de 2013; Tomo 3; Pág. 2057

Precedentes

Amparo directo 470/2012. Hugo Serafín Lima Delgado. 9 de agosto de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Ivar Langle Gómez, secretario de tribunal autorizado para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el artículo 42, fracción V, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo. Secretario: Andrés Vega Díaz.

→ Más tesis en materia civil