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2a./J. 74/2013 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaS.C.J.N.Común

CONTRADICCIÓN DE TESIS ENTRE TRIBUNALES COLEGIADOS DE UN MISMO CIRCUITO. LOS JUECES DE DISTRITO ESTÁN LEGITIMADOS PARA DENUNCIARLA ANTE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.

[J]; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XX, Mayo de 2013; Tomo 1; Pág. 609

Precedentes

Contradicción de tesis 189/2012. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Tercero, ambos en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito. 20 de junio de 2012. Cinco votos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretario: José Álvaro Vargas Ornelas. Contradicción de tesis 253/2012. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Tercero, ambos en Materia Administrativa del Cuarto Circuito. 22 de agosto de 2012. Mayoría de tres votos; unanimidad de cuatro votos en relación con el criterio contenido en esta tesis. Ausente: José Fernando Franco González Salas. Disidente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretario: José Álvaro Vargas Ornelas. Contradicción de tesis 266/2012. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero en Materia Administrativa del Primer Circuito, Cuarto de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en el Distrito Federal, y Décimo Primero en Materia Administrativa del Primer Circuito. 22 de agosto de 2012. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretario: José Álvaro Vargas Ornelas. Contradicción de tesis 505/2012. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Noveno y Décimo Sexto, ambos en Materia Administrativa del Primer Circuito. 16 de enero de 2013. Mayoría de tres votos; unanimidad de cuatro votos en relación con el criterio contenido en esta tesis. Disidentes: Margarita Beatriz Luna Ramos y Luis María Aguilar Morales. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretario: José Álvaro Vargas Ornelas. Contradicción de tesis 538/2012. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Tercero, Noveno, Décimo Segundo y Décimo Octavo, todos en Materia Administrativa del Primer Circuito, Segundo de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en el Distrito Federal, Cuarto de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla y Séptimo de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México. 30 de enero de 2013. Cinco votos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretario: José Álvaro Vargas Ornelas. Tesis de jurisprudencia 74/2013 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del diecisiete de abril de dos mil trece.