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2a. XXXVIII/96Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común, Constitucional
Registro digital (IUS)
200619
Clave de tesis
2a. XXXVIII/96
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Común, Constitucional
Fuente
[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Mayo de 1996; Pág. 252

SENTENCIAS DE AMPARO. ANTE LA IMPOSIBILIDAD DE EJECUTARLAS SIN AFECTACION A LA SOCIEDAD O A TERCEROS, DEBE REQUERIRSE AL QUEJOSO PARA QUE MANIFIESTE SI OPTA POR EL CUMPLIMIENTO SUBSTITUTO.

[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Mayo de 1996; Pág. 252

Precedentes

Incidente de inejecución 41/93. Manuel de Jesús González Gálvez. 29 de marzo de 1996. Cuatro votos. Ausente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Rosa María Galván Zárate.

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