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I.13o.T.82 L (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común, Laboral

SUSPENSIÓN EN EL AMPARO DIRECTO. DE CONCEDERSE CONTRA LA EJECUCIÓN DEL LAUDO QUE ORDENA AL SINDICATO DEMANDADO REPONER EL PROCEDIMIENTO Y CONVOCAR A NUEVAS ELECCIONES, EL ÓRGANO DE CONTROL CONSTITUCIONAL DEBE FIJAR DISCRECIONALMENTE EL MONTO DE LA GARANTÍA, YA QUE LA MEDIDA CAUTELAR PUEDE LESIONAR DERECHOS DE LOS TERCEROS INTERESADOS.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 5, Abril de 2014; Tomo II; Pág. 1699

Precedentes

Queja 144/2013. Secretario General Nacional del Sindicato Nacional "Unidad y Progreso" de la Industria de la Transformación del Acero para Productos Tubulares y sus derivados de los Trabajadores en General de la Fábrica de Tubos de Acero de México, S.A. y Subsidiarias (Siderúrgica y Metalúrgica). 23 de enero de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Hernández Saldaña. Secretaria: Damiana Susana Díaz Oliva.

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