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PC.II. J/4 P (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoConstitucional, Penal

SECUESTRO. LAS AUTORIDADES DEL FUERO COMÚN ESTÁN AUTORIZADAS VÁLIDAMENTE PARA APLICAR LA LEY GENERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS EN ESA MATERIA.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 7, Junio de 2014; Tomo II; Pág. 1324

Precedentes

Contradicción de tesis 4/2013. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito y el Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México. 5 de noviembre de 2013. Mayoría de quince votos de los Magistrados Darío Carlos Contreras Reyes, Rubén Arturo Sánchez Valencia, Adalid Ambriz Landa, José Valle Hernández, Ricardo Romero Vázquez, Noé Adonai Martínez Berman, Juan Manuel Vega Sánchez, José Martínez Guzmán, Alejandro Sosa Ortiz, Enrique Munguía Padilla, Antonio Campuzano Rodríguez, Hugo Guzmán López, Víctor Manuel Méndez Cortés, Yolanda Islas Hernández y Miguel Ángel Zelonka Vela. Disidente: Jorge Arturo Sánchez Jiménez. Ponente: José Valle Hernández. Secretario: José Eduardo Cortés Santos.

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