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I.1o.A.E.9 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común

REVISIÓN EN AMPARO CONTRA LEYES. LA AUTORIDAD EJECUTORA CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONER DICHO RECURSO CUANDO NO ARGUMENTE EN SUS AGRAVIOS QUE NO LE CORRESPONDE DAR CUMPLIMIENTO AL FALLO PROTECTOR QUE ORDENÓ DEJAR INSUBSISTENTES SUS ACTOS, SINO QUE CONTROVIERTA LA ACTUALIZACIÓN DE ALGUNA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Agosto de 2014; Tomo III; Pág. 1946

Precedentes

Amparo en revisión 15/2014. DHL Express México, S.A. de C.V. 2 de mayo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Óscar Germán Cendejas Gleason. Secretaria: Claudia Erika Luna Baraibar. Nota: Por ejecutoria del 12 de julio de 2023, la Segunda Sala declaró improcedente la contradicción de criterios 401/2022, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que el problema jurídico planteado se encuentra resuelto por la propia Segunda Sala en la diversa contradicción de tesis 415/2013, que dio origen a la tesis jurisprudencial 2a./J. 11/2014 (10a.), dado que en ésta "determinó que las autoridades ejecutoras tienen legitimación para interponer recurso de revisión en contra de la sentencia que concedió el amparo al quejoso y las vinculó a proceder en determinado sentido, es decir, sin establecer que dicha legitimación se encuentra sujeta a la eficacia de los agravios que se hagan valer".