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(X Región)1o.1 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Constitucional

IMPUESTO PARA EL FOMENTO DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA EN EL ESTADO DE DURANGO. LOS ARTÍCULOS 13 A 18 BIS DE LA LEY DE HACIENDA DE LA ENTIDAD QUE LO PREVÉN, AL ESTABLECER QUE SU OBJETO ES GRAVAR EL CUMPLIMIENTO DE OTRAS OBLIGACIONES FISCALES, VIOLAN EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 11, Octubre de 2014; Tomo III; Pág. 2858

Precedentes

Amparo en revisión 291/2014 (cuaderno auxiliar 682/2014) del índice del Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Décima Región, con residencia en Saltillo, Coahuila de Zaragoza. Norma Angélica Valdez Suárez y otro. 29 de agosto de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Santiago Gallardo Lerma. Secretario: Isaac Segovia Barranca. Amparo en revisión 285/2014 (cuaderno auxiliar 683/2014) del índice del Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Décima Región, con residencia en Saltillo, Coahuila de Zaragoza. Gas Campanita, S.A. de C.V. 5 de septiembre de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Yair Mendiola del Ángel, secretario de tribunal autorizado para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el diverso 42, fracción V, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo. Secretario: Romeo de Jesús Soberano Noroña.

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