VI.2o.P.1 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común
SOBRESEIMIENTO DECRETADO FUERA DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL Y DESECHAMIENTO DE LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA. ES RECURRIBLE EN REVISIÓN Y NO EN QUEJA.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 11, Octubre de 2014; Tomo III; Pág. 2928
El artículo 97, fracción I, inciso a), de la Ley de Amparo establece que el recurso de queja procede en amparo indirecto contra las resoluciones que admitan total o parcialmente, desechen o tengan por no presentada una demanda de amparo o su ampliación; luego, cuando se impugna una resolución que, por una parte, decreta el sobreseimiento en el juicio fuera de la audiencia constitucional y, por otra, desecha la ampliación de la demanda de amparo, procede el recurso de revisión, pues el sobreseimiento es una determinación de mayor entidad que el desechamiento de la ampliación, ya que pone fin al juicio e imposibilita abordar el estudio de fondo; por ello, el artículo 81, fracción I, inciso d), de la ley citada dispone que contra autos de sobreseimiento, procede el recurso de revisión, de manera que el diverso de queja es improcedente.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Queja 43/2014. Blanca García Flores. 6 de mayo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: José Mario Machorro Castillo. Secretaria: Carolina Guadalupe Hernández Cruz.