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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/2010125

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 1 de julio de 2015, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 119/2015 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva. Por instrucciones del Tribunal Colegiado de Circuito, la tesis publicada en el Semanario Judicial de la Federación el viernes 8 de agosto de 2014 a las 8:05 horas, así como en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 9, Tomo III, agosto de 2014, página 1927, se publica nuevamente con la modificación en el precedente que el propio tribunal ordena sobre la tesis originalmente enviada.

VI.1o.T.1 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
2010125
Clave de tesis
VI.1o.T.1 K (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 23, Octubre de 2015; Tomo IV; Pág. 4075
Publicación
2015-10-02

QUEJA. PROCEDE ESTE RECURSO Y NO EL DE REVISIÓN, CONTRA EL AUTO QUE IMPONE MULTA A UNA AUTORIDAD EN EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA QUE CONCEDIÓ EL AMPARO.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 23, Octubre de 2015; Tomo IV; Pág. 4075

Precedentes

Queja 17/2014. Javier Alonso Méndez. 3 de abril de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Gloria García Reyes. Secretario: Carlos Viveros Tiburcio. Nota: Por ejecutoria del 1 de julio de 2015, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 119/2015 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva. Por instrucciones del Tribunal Colegiado de Circuito, la tesis publicada en el Semanario Judicial de la Federación el viernes 8 de agosto de 2014 a las 8:05 horas, así como en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 9, Tomo III, agosto de 2014, página 1927, se publica nuevamente con la modificación en el precedente que el propio tribunal ordena sobre la tesis originalmente enviada.

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Registro digital (IUS): 2010125 · Publicación: 2015-10-02