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2a. VI/95Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional, Laboral

COMPETENCIA. EMPRESAS QUE ACTUAN POR VIRTUD DE UN CONTRATO O CONCESION FEDERAL. DE LOS CONFLICTOS CON SUS TRABAJADORES CORRESPONDE CONOCER A LA JUNTA FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, AUN CUANDO EL PATRON SEA UNA PERSONA FISICA.

[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo I, Abril de 1995; Pág. 51

Precedentes

Competencia 346/94. Suscitada entre la Tercera Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, Junta Local de Conciliación y Arbitraje en Sabinas, Coahuila, y la Junta Especial Trece de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Distrito Federal. 3 de marzo de 1995. Cinco votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: María Guadalupe Saucedo Zavala.