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PC.XIV. J/2 A (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoAdministrativa

CONCEPTOS DE ANULACIÓN TENDENTES A DEMOSTRAR QUE LA CONTRIBUYENTE NO ESTÁ OBLIGADA A CUMPLIR CON EL REQUERIMIENTO QUE SE LE EFECTUÓ, AL CONSIDERAR QUE NO FORMA PARTE DEL SISTEMA FINANCIERO MEXICANO. LA SALA DEL CONOCIMIENTO DEBE ANALIZARLOS NO OBSTANTE QUE LA INCONFORME NO LOS HAYA HECHO VALER ANTE LA AUTORIDAD REQUIRENTE DENTRO DEL PLAZO OTORGADO PARA CUMPLIR CON LA OBLIGACIÓN REQUERIDA.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 14, Enero de 2015; Tomo II; Pág. 1169

Precedentes

Contradicción de tesis 1/2014. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados en Materias Penal y Administrativa, y de Trabajo y Administrativa, ambos del Décimo Cuarto Circuito. 4 de noviembre de 2014. Mayoría de dos votos de los Magistrados Luisa García Romero y Gabriel Alfonso Ayala Quiñones. Disidente: Paulino López Millán. Ponente: Luisa García Romero. Secretario: Diddier Rolando Ramírez Canto. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito, al resolver el amparo directo 902/2013, y el diverso sustentado por el Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito, al resolver el amparo directo 543/2013.

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