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XXVII.3o.16 L (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Laboral

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. CUANDO SUS TRABAJADORES DEMANDEN LA INTEGRACIÓN DE LOS ESTÍMULOS DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD A LA BASE SALARIAL PREVISTA EN LA CLÁUSULA 59 BIS DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, O EL PAGO CORRECTO DE LA PRIMA DE ANTIGÜEDAD EN FUNCIÓN DE UN SALARIO INTEGRADO POR ESOS CONCEPTOS, POR REGLA GENERAL DEBEN EXPRESAR LA TEMPORALIDAD DE LA PERCEPCIÓN DE DICHAS PRESTACIONES.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 16, Marzo de 2015; Tomo III ; Pág. 2376

Precedentes

Amparo directo 343/2014. Ambrosio Méndez Marín. 18 de septiembre de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Edgar Bruno Castrezana Moro, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Secretario: Juan Carlos Corona Torres.

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