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VI.2o.63 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

AUTORIDADES RESPONSABLES, LA PREVENCION AL QUEJOSO PARA QUE REALICE LA DESIGNACION DE LAS, SOLO ES OBLIGATORIA EN CASO DE OMISION Y NO DE SEÑALAMIENTO DEFECTUOSO DE.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Noviembre de 1996; Pág. 405

Precedentes

Amparo en revisión 475/96. Job García Hernández. 23 de octubre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Clementina Ramírez Moguel Goyzueta. Secretaria: Hilda Tame Flores. Amparo en revisión 458/96. Adolfo Sánchez Marín. 23 de octubre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Clementina Ramírez Moguel Goyzueta. Secretaria: Hilda Tame Flores. Nota: Por ejecutoria de fecha 3 de septiembre de 2004, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 93/2004-PS en que participó el presente criterio.

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