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PC.XXVII. J/1 C (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoCivil

CADUCIDAD DE LA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. EL CÓMPUTO DEL TÉRMINO PARA QUE OPERE PUEDE INICIAR ANTES DEL EMPLAZAMIENTO AL EXISTIR CARGAS PARA LA ACTORA Y NO SÓLO PARA EL ÓRGANO JURISDICCIONAL (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 131 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE QUINTANA ROO, EN SU TEXTO ANTERIOR A LA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL EL 25 DE JULIO DE 2014).

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 24, Noviembre de 2015; Tomo II ; Pág. 1637

Precedentes

Contradicción de tesis 1/2015. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Tercero, ambos del Vigésimo Séptimo Circuito. 29 de septiembre de 2015. Mayoría de dos votos de los Magistrados Florida López Hernández y José Angel Máttar Oliva. Disidente: Jorge Mercado Mejía. Ponente: Florida López Hernández. Secretario: Edgar Alan Paredes García. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, al resolver el amparo directo 432/2014 y el diverso sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, al resolver el amparo directo 361/2014.