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PC.XXIX. J/4 A (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoComún
Registro digital (IUS)
2010519
Clave de tesis
PC.XXIX. J/4 A (10a.)
Tipo
Jurisprudencia
Época
10a. Época
Instancia
Plenos de Circuito
Materia
Común
Fuente
[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 24, Noviembre de 2015; Tomo II ; Pág. 1809
Publicación
2015-11-27

DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO. CUANDO SE ALEGUE EL DESCONOCIMIENTO COMO PARTE A LA FEDERACIÓN EN UN JUICIO AGRARIO POR FALTA DE LEGITIMACIÓN PASIVA, ELLO NO CONSTITUYE UN MOTIVO MANIFIESTO E INDUDABLE DE IMPROCEDENCIA QUE JUSTIFIQUE SU DESECHAMIENTO DE PLANO.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 24, Noviembre de 2015; Tomo II ; Pág. 1809

Precedentes

Contradicción de tesis 1/2015. Entre las sustentadas por el Primer y el Segundo Tribunales Colegiados, ambos del Vigésimo Noveno Circuito. 11 de septiembre de 2015. Mayoría de cuatro votos de los Magistrados Fernando Hernández Piña, Elsa Hernández Villegas, Aníbal Lafragua Contreras y José Guadalupe Sánchez González. Disidentes: Guillermo Arturo Medel García y Miguel Vélez Martínez. Ponente: Aníbal Lafragua Contreras. Secretario: Javier Vargas Brito. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito, al resolver la queja 37/2015, y el diverso sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito, al resolver la queja 47/2015.

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Registro digital (IUS): 2010519 · Publicación: 2015-11-27