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PC.V. J/7 K (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoComún

COMPETENCIA PARA CONOCER DEL RECURSO DE QUEJA INTERPUESTO CONTRA EL AUTO QUE DESECHA UNA DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO PROMOVIDA CONTRA LA IMPOSICIÓN DE UNA MULTA A LA AUTORIDAD RESPONSABLE, Y SU EJECUCIÓN, POR UN TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO ESPECIALIZADO, EN UN JUICIO DE AMPARO DIRECTO. CORRESPONDE A UN TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO ESPECIALIZADO EN LA MATERIA DEL ÓRGANO SANCIONADOR.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 25, Diciembre de 2015; Tomo I ; Pág. 672

Precedentes

Contradicción de tesis 3/2014. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo y el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa, ambos del Quinto Circuito, con sede en Hermosillo, Sonora. 30 de septiembre de 2015. La votación se dividió en dos partes: mayoría de cinco votos de los Magistrados Armida Elena Rodríguez Celaya, Juan Manuel García Figueroa, Juan Carlos Moreno López, Óscar Javier Sánchez Martínez y David Solís Pérez, en cuanto a que existe contradicción de tesis. Disidente: José Manuel Blanco Quihuis. Mayoría de cuatro votos de los Magistrados Armida Elena Rodríguez Celaya, Juan Carlos Moreno López, José Manuel Blanco Quihuis y David Solís Pérez, en cuanto al fondo. Disidentes: Juan Manuel García Figueroa y Óscar Javier Sánchez Martínez. Ponente: David Solís Pérez. Secretario: Max Gutiérrez León. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito, al resolver la queja 38/2014, y el diverso sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito, al resolver la queja 4/2014.

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