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VI.3o.A.8 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común

QUEJA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 97, FRACCIÓN II, INCISO A), DE LA LEY DE AMPARO. LOS ACTOS U OMISIONES DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE EN EL TRÁMITE DE LA DEMANDA DE AMPARO DIRECTO SON IMPUGNABLES A TRAVÉS DE ESE RECURSO.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 28, Marzo de 2016; Tomo II; Pág. 1769

Precedentes

Queja 116/2015. Aceros y Perfiles Ocotlán, S.A. de C.V. 12 de noviembre de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Alejandro Ramos García, secretario de tribunal autorizado para desempeñar las funciones de Magistrado, con fundamento en el artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Secretaria: Graciela Mauro Zavaleta. Nota: La parte conducente de la ejecutoria relativa a la contradicción de tesis 431/2013 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 29 de agosto de 2014 a las 8:13 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 9, Tomo I, agosto de 2014, página 298.

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