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(IV Región)2o.19 L (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Laboral

CONFLICTOS INDIVIDUALES DE SEGURIDAD SOCIAL. EL REQUERIMIENTO QUE LA JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE FORMULE AL ACTOR RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 899-C DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, DEBE REALIZARSE EN EL PRIMER PROVEÍDO QUE RECAIGA AL JUICIO Y, EN CASO DE NO ACATARSE, REITERARSE EN LA ETAPA DE DEMANDA Y EXCEPCIONES.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 38, Enero de 2017; Tomo IV; Pág. 2479

Precedentes

Amparo directo 1021/2016 (cuaderno auxiliar 643/2016) del índice del Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, con apoyo del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. Luis Alberto Gutiérrez Carrillo. 6 de octubre de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Córdova del Valle. Secretario: Luis Felipe Rivera Vásquez. Nota: El criterio contenido en esta tesis es objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 410/2016, pendiente de resolverse por la Segunda Sala.

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