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III.2o.P.16 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común

RECURSO DE REVISIÓN EN AMPARO INDIRECTO. CASO EN EL QUE SE ACTUALIZA UN SUPUESTO DE EXCEPCIÓN QUE LEGITIMA A LA AUTORIDAD EJECUTORA PARA INTERPONERLO.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 38, Enero de 2017; Tomo IV; Pág. 2654

Precedentes

Recurso de reclamación 11/2016. 16 de junio de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: María de los Ángeles Estrada Sedano, secretaria de tribunal autorizada por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrada, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el diverso 40, fracción V, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo. Secretaria: Elsa Beatriz Navarro López. Por ejecutoria del 12 de julio de 2023, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de criterios 401/2022, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al no existir un punto de derecho en común que permita configurar la contradicción denunciada entre los Tribunales Colegiados contendientes.

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