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VI.2o.107 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal

CONFESION DEL PROCESADO. POR SI MISMA ES INSUFICIENTE PARA ACREDITAR SU RESPONSABILIDAD PENAL.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Septiembre de 1996; Pág. 619

Precedentes

Amparo directo 293/96. Nicolás Espinoza Isidoro y otro. 14 de agosto de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Meza Alarcón. Secretario: Enrique Baigts Muñoz.

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