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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/2013713

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 8 de septiembre de 2021, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 168/2021, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que "ninguno de los órganos jurisdiccionales se refirió al mismo punto de derecho, en consecuencia, tampoco puede considerarse que hayan adoptado criterios jurídicos discrepantes."

XV.3o.4 P (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común, Penal
Registro digital (IUS)
2013713
Clave de tesis
XV.3o.4 P (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común, Penal
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 39, Febrero de 2017; Tomo III; Pág. 2360
Publicación
2017-02-17

SENTENCIA DE AMPARO INDIRECTO EN MATERIA PENAL. ES INCONGRUENTE SI AL DICTARLA EL JUEZ DE DISTRITO SE APOYA EN LA VERSIÓN ESCRITA DEL ACTO EMITIDO ORALMENTE EN LAS AUDIENCIAS DICTADAS DENTRO DE UN PROCEDIMIENTO PENAL DE CORTE ACUSATORIO Y ORAL, SIN ANALIZAR LA VIDEOGRABACIÓN QUE LO CONTIENE.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 39, Febrero de 2017; Tomo III; Pág. 2360

Precedentes

Amparo en revisión 305/2016. 8 de diciembre de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Gerardo Manuel Villar Castillo. Secretario: Juan Manuel García Arreguín. Nota: Por ejecutoria del 8 de septiembre de 2021, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 168/2021, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que "ninguno de los órganos jurisdiccionales se refirió al mismo punto de derecho, en consecuencia, tampoco puede considerarse que hayan adoptado criterios jurídicos discrepantes."

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Registro digital (IUS): 2013713 · Publicación: 2017-02-17