X.A.T.19 L (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común, Laboral
RESOLUCIÓN MEDIANTE LA CUAL SE DAN POR TERMINADOS LOS EFECTOS DEL NOMBRAMIENTO DE UN DOCENTE. NO CONSTITUYE UN ACTO DE AUTORIDAD PARA LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO, PORQUE DERIVA DEL VÍNCULO LABORAL ESTADO-PATRÓN Y SUS TRABAJADORES.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 39, Febrero de 2017; Tomo III; Pág. 2355
De la jurisprudencia P./J. 32/2015 (10a.), de título y subtítulo: "SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE. LOS ARTÍCULOS 52, 53, OCTAVO Y NOVENO TRANSITORIOS DE LA LEY GENERAL RELATIVA NO VULNERAN EL DERECHO DE AUDIENCIA.", se advierte que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación consideró que si algún docente estima que no se le aplicó correctamente el proceso de evaluación, tiene a su alcance el recurso de revisión previsto en los artículos 80, 81 y 82 de la Ley General del Servicio Profesional Docente, o bien, el juicio en sede contenciosa administrativa; pero, si lo que impugna es la separación del servicio, ésta sólo será reclamable a través del juicio ante las autoridades jurisdiccionales en materia laboral. En esta última hipótesis, la resolución mediante la cual se dan por terminados los efectos del nombramiento de un docente, constituye una determinación en la que el Estado actúa en su carácter de patrón en el ámbito del derecho laboral, dentro del marco previsto en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es decir, se trata de una relación de coordinación derivada de la vinculación laboral Estado-patrón y sus trabajadores, por lo que no constituye un acto de autoridad para la procedencia del juicio de amparo.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO CIRCUITO.
Precedentes
Queja 284/2016. Alecio Chan Lacroix. 29 de septiembre de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Patricia Elia Cerros Domínguez. Secretario: Juan José León Martínez.
Nota: La tesis de jurisprudencia P./J. 32/2015 (10a.) citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 25 de septiembre de 2015 a las 10:30 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 22, Tomo I, septiembre de 2015, página 6.