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I.6o.T. J/36 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaT.C.C.Laboral

CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO. PARA SU TITULARIDAD Y ADMINISTRACIÓN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO NO PRECISA QUE EL SINDICATO ACTOR CUMPLA CON REQUISITOS DE PROCEDIBILIDAD, POR LO QUE EL ACUERDO DE LA JUNTA POR EL QUE LO REQUIERE Y APERCIBE CON ARCHIVAR LA DEMANDA SI NO CUMPLE CON CIERTAS CARGAS PROCESALES ES ILEGAL.

[J]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 40, Marzo de 2017; Tomo IV; Pág. 2377

Precedentes

Amparo directo 1134/2011. Sindicato Nacional de Trabajadores y Empleados "Felipe Carrillo Puerto" de la Industria Constructora en General, Actividades Proveedoras, Conexas, Complementarias y Similares del Sector Industrial, Construcción y todas las Ramas de la República Mexicana. 13 de diciembre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretaria: Lourdes Patricia Muñoz Illescas. Amparo directo 1169/2015. Sindicato Nacional Progresista y Unificado General Emiliano Zapata Salazar. 14 de enero de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretario: Joaquín Zapata Arenas. Amparo directo 1/2016. Grupo Sindicalista "Gral. Lázaro Cárdenas" de Obreros y Empleados de la Industria, Comercio, Maquilas y Servicios en General de la República Mexicana. 19 de febrero de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Herlinda Flores Irene. Secretaria: Oliva del Socorro Escudero Contreras. Amparo directo 944/2016. Alianza Nacional de Trabajadores de Autotransporte en General y de la Construcción, Similares y Conexos de la República Mexicana. 1 de diciembre de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Herlinda Flores Irene. Secretaria: María Eugenia Hernández Flores. Amparo directo 1119/2016. 19 de enero de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Herlinda Flores Irene. Secretaria: María Eugenia Hernández Flores.