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(III Región)6o.6 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

VISITAS DOMICILIARIAS. LA FACULTAD DE PRACTICARLAS, PREVISTA EXPRESAMENTE EN EL ARTÍCULO 42, FRACCIÓN III, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, LLEVA IMPLÍCITA LA DE ORDENARLAS.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 41, Abril de 2017; Tomo II; Pág. 1880

Precedentes

Amparo directo 785/2016 (cuaderno auxiliar 767/2016) del índice del Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito, con apoyo del Sexto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Morelia, Michoacán. Cerro de Bisnagas, S.A. de C.V. 13 de enero de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Moisés Duarte Briz. Secretario: Mario García Lobato.

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