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1a. CXXXVII/2017 (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional, Penal

VIOLENCIA FAMILIAR. LA ADOPCIÓN DE ESTA FIGURA TÍPICA POR EL LEGISLADOR NO PRETENDE JUSTIFICAR INJERENCIAS ARBITRARIAS EN LA VIDA PRIVADA DE LAS PERSONAS, SINO ATENDER LA NECESIDAD DE EMPRENDER ACCIONES QUE PROTEJAN LA INTEGRIDAD FÍSICA Y PSICOLÓGICA DE LAS PERSONAS QUE CONVIVEN EN ESE ÁMBITO.

[TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 47, Octubre de 2017; Tomo I; Pág. 502

Precedentes

Amparo directo en revisión 6606/2015. 8 de junio de 2016. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien formuló voto concurrente, Norma Lucía Piña Hernández, quien señaló que comparte el sentido de la ejecutoria pero no así las consideraciones, y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Ausente: José Ramón Cossío Díaz. Ponente: Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Secretaria: M.G. Adriana Ortega Ortiz.