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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 21 de febrero de 2018, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 245/2017 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

II.1o.C.T.73 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
201558
Clave de tesis
II.1o.C.T.73 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Septiembre de 1996; Pág. 763

USUCAPION. LA CONFESION FICTA DEL DEMANDADO SIN PRUEBA QUE LA CONTRADIGA, ES APTA PARA ESTIMAR PRESUNTIVAMENTE PROBADA LA POSESION ADUCIDA POR EL ACTOR.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Septiembre de 1996; Pág. 763

Precedentes

Amparo directo 244/96. Macario Ortiz Moreno. 12 de abril de 1996. Mayoría de votos. Ponente: Fernando Narváez Barker. Disidente: Enrique Pérez González. Secretario: Isaac Gerardo Mora Montero. Nota: Por ejecutoria del 21 de febrero de 2018, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 245/2017 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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Registro digital (IUS): 201558