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PC.I.C. J/57 C (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoCivil

VÍA ORAL MERCANTIL. PROCEDE ATENDIENDO A LA PRETENSIÓN EFECTIVAMENTE PLANTEADA POR EL ACTOR, AUNQUE EXHIBA DOCUMENTO AL QUE LA LEY OTORGUE EL CARÁCTER DE EJECUTIVO.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 50, Enero de 2018; Tomo III; Pág. 1844

Precedentes

Contradicción de tesis 14/2017. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Tercero, Noveno, Décimo y Décimo Tercero, todos en Materia Civil del Primer Circuito. 21 de noviembre de 2017. Mayoría de once votos de los Magistrados Marco Antonio Rodríguez Barajas, Alejandro Villagómez Gordillo, Paula María García Villegas Sánchez Cordero, Leonel Castillo González, Walter Arellano Hobelsberger, Ismael Hernández Flores, Fernando Alberto Casasola Mendoza, Abraham Sergio Marcos Valdés, Irma Rodríguez Franco, Gonzalo Arredondo Jiménez y Benito Alva Zenteno. Disidentes: Víctor Hugo Díaz Arellano, Daniel Horacio Escudero Contreras, quien formuló voto particular, y Gonzalo Hernández Cervantes, quien formuló voto particular. Ponente: Benito Alva Zenteno. Secretaria: Areli Portillo Luna. Criterios contendientes: El sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, al resolver los amparos directos 82/2017 y 165/2017, el sustentado por el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, al resolver el amparo directo 126/2017, el sustentado por el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, al resolver el juicio de amparo directo 132/2017 y el diverso sustentado por el Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, al resolver los amparos directos 762/2016 y 423/2017. Nota: De la sentencia que recayó al amparo directo 126/2017, resuelto por el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, derivó la tesis aislada I.9o.C.43 (10a.), de título y subtítulo: "JUICIO ORAL MERCANTIL. NO PROCEDE CUANDO SE DEMANDE EL PAGO DE UN CRÉDITO CONSIGNADO EN UN CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO SIMPLE, AL QUE SE ACOMPAÑÓ EL ESTADO DE CUENTA EXPEDIDO POR EL CONTADOR DE LA INSTITUCIÓN BANCARIA.". Publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 4 de agosto de 2017 a las 10:12 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 45, Tomo IV, agosto de 2017, página 2868.

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